Compra y paga en línea el libro Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos 2019 de Gallardo Ediciones, amplio catálogo de libros jurídicos en Royce Editores; enviamos a todo México. ¡Garantizado!
- Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
- Instructivo para Regular la Portación de Armas de Fuego por los Particulares Autorizados.
- Interpretación Jurisprudencial del Poder Judicial de la Federación.
- Instrumentos Internacionales en Materia de Armas de Fuego.
- En Aplicación Móvil.
- Un libro IMPRESO
- Formato 13.3 x 20.5 x 1.6 cm
- 337 páginas impresas en blanco y negro
- Fina encuadernación en tapa suave
- Primera edición, año 2019
- ISBN: 978-607-9391-40-9, 9786079391409
- © Gallardo Ediciones
LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS.
TÍTULO PRIMERO.
Capítulo Único. Bases Generales.
TÍTULO SEGUNDO. Posesión y Portación.
Capítulo Primero. Disposiciones preliminares.
Capítulo Segundo. Posesión de armas en el domicilio.
Capítulo Tercero. Casos, condiciones, requisitos y lugares para la portación de armas.
TÍTULO TERCERO. Fabricación, Comercio, Importación, Exportación y Actividades Conexas.
Capítulo Primero. Disposiciones Preliminares.
Capítulo Segundo. De las Actividades y Operaciones Industriales y Comerciales.
Capítulo Tercero. De la Importación y Exportación.
Capítulo Cuarto. Del transporte.
Capítulo Quinto. Del almacenamiento.
Capítulo Sexto. Del control y vigilancia.
TÍTULO CUARTO. Sanciones.
Capítulo Único.
TRANSITORIOS.
HISTORIAL DE REFORMAS.
Además incluye:
REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS.
Capítulo I. Disposiciones generales.
Capítulo II. De la posesión.
Capítulo III. De la portación.
Capítulo IV. De la fabricación.
Capítulo V. De la organización.
Capítulo VI. De la reparación.
Capítulo VII. De la compraventa.
Capítulo VIII. De la importación y exportación.
Capítulo IX. Del transporte.
Capítulo X. Del almacenamiento.
Capítulo XI. Del control y vigilancia.
Capítulo XII. Disposiciones complementarias.
Transitorios.
INSTRUCTIVO PARA REGULAR LA PORTACIÓN DE ARMAS DE FUEGO POR LOS PARTICULARES AUTORIZADOS.
Capítulo I. Bases Legales.
Primera Sección. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Segunda Sección. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Tercera Sección. Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Cuarta Sección. Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
Quinta Sección. Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
Sexta Sección. Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
Séptima Sección. Reglamento Interior de la Secretaria de la Defensa Nacional.
Capítulo II. Requisitos para la expedición y renovación de una licencia particular individual de portación de arma de fuego.
Capítulo III. Casos, condiciones y lugares para la portación de arma de fuego.
Capítulo IV. Control y vigilancia.
Capítulo V. Prescripciones comunes.
Capítulo VI. Sanciones administrativas.
Transitorios.
Anexos.
INTERPRETACIÓN JURISPRUDENCIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
Acopio de Armas de Fuego.
Acopio de Armas de uso Exclusivo de las Fuerzas Armadas Nacionales.
Agravante.
Arma de Fuego.
Armas.
Armas de Fuego.
Armas de Fuego de uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.
Armas de Fuego reservadas para uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.
Armas de Fuego y Explosivos.
Armas de uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales.
Armas.
Armas, Municiones, Explosivos y Materiales de uso Exclusivo de las Fuerzas Armadas o Sujetos a Control.
Artículo 248 del Código Penal para el Distrito Federal.
Artificios pirotécnicos.
Cartuchos.
Y muchos más...
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE ARMAS DE FUEGO.
- Convención Interamericana contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados.
- Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que complementa la convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional.
- Tratado sobre el comercio de armas.
ADEMÁS INCLUYE EN LA APLICACIÓN MÓVIL:
LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS.
TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE ARMAS:
- Acuerdo para la aplicación de salvaguardias en relación con el tratado para la proscripción de las armas nucleares en la América Latina y el tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares (OIEA, 1972).
- Acuerdo relativo a la aplicación de salvaguardias según el tratado para la proscripción de las armas nucleares en la América Latina (organismo internacional de energía atómica, 1968).
- Acuerdo relativo a la sede y misiones del organismo para la proscripción de las armas nucleares en la América Latina (OPANAL, 1976).
- Acuerdo relativo al establecimiento de la sede del organismo para la proscripción de las armas nucleares en la América Latina y el caribe en México (OPANALC, 2003).
- Código Internacional para la aplicación de procedimientos de ensayo de exposición al fuego, 2010 (Código PEF 2010).
- Convención Interamericana sobre transparencia en las adquisiciones de armas convencionales (Guatemala, 7 de junio de 1999).
- Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas y toxínicas y sobre su destrucción (multilateral, 1972).
- Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento y el empleo de armas químicas y sobre su destrucción (multilateral, 1993).
- Convención sobre municiones en racimo (multilateral, 2008).
- Convención sobre prerrogativas e inmunidades del organismo para la proscripción de las armas nucleares de América Latina (OPANAL, 1969).
- Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados (multilateral, 1980).
- Convenio sobre la marcación de explosivos plásticos para los fines de detección (multilateral, 1991).
- Enmiendas al tratado para la proscripción de las armas nucleares en la América Latina.
- Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
- Tratado para la proscripción de las armas nucleares en la América Latina.
- Tratado por el que se prohíben los ensayos con armas nucleares en la atmósfera, el espacio ultraterrestre y debajo del agua (8 de agosto de 1963).
- Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares (multilateral, 1968).
- Tratado sobre prohibición de emplazar armas nucleares y otras armas de destrucción en masa en los fondos marinos y oceánicos y su subsuelo (11 de febrero de 1971).